Nueva ley de tráfico de la DGT para motos y patinetes
24 Marzo 2022
El 21 de marzo de 2022 entra en vigor la nueva ley de tráfico y movilidad personal y afecta a vehículos de todo tipo, aunque hace especial hincapié en las motos y patinetes eléctricos con la introducción de nuevas normas que rigen su circulación.
Novedades para la circulación de motos y vehículos de movilidad personal
Debido a la gran acogida de los vehículos de movilidad personal por parte de los usuarios, la DGT ha modificado su normativa con el fin de favorecer la regulación de los patinetes eléctricos. Tras su actualización, la DGT establece la circulación de motos, patinetes y bicicletas de la siguiente manera:
Motos
Según la nueva ley, los conductores de motocicletas podrán utilizar dispositivos inalámbricos de comunicación y/o navegación en el casco, siempre y cuando estén homologados.
Sin embargo, y por otra parte, un uso inadecuado del casco o la ausencia del mismo, no solo puede llevar al motorista a perder 4 puntos del carnet, sino que también podría sufrir una sanción de hasta 200 euros.
Bicicletas
Con la entrada en vigor de esta Ley, todo aquel conductor que quiera adelantar a un ciclista o ciclomotor y se encuentre en una vía de 2 o más carriles por sentido deberá invadir por completo el carril colindante. Si, en cambio, la vía tiene un único carril, el vehículo que desee adelantar deberá mantener una distancia mínima de 1,5 metros.
Vehículos de movilidad personal (MVP)
Tras la aparición de los vehículos de movilidad personal, la DGT ha puesto en marcha la regulación de los patinetes eléctricos. Y es que hasta el momento se estima que más de 1 millón de vehículos de este tipo ha circulado por las ciudades estos dos años. Por ello, y por los distintos accidentes que sufren sus conductores, estos deben cumplir las normas que decreta la ley:
- La circulación de estos vehículos está limitada a la calzada de vías urbanas, esto es, de pueblos y ciudades
- Queda prohibida la conducción por aceras, travesías, vías interurbanas, autovías y autopistas, y túneles urbanos.
- El desplazamiento a través del carril bici estará permitido cuando así lo recoja la ordenanza municipal que corresponda.
- Se permite un único conductor en cualquier vehículo de movilidad personal.
- Mientras se circule en patinete eléctrico o VMP queda prohibido el uso de auriculares conectados a reproductores de música debido al aislamiento del entorno que provocan y, por tanto, la disminución de reflejos.
- Así mismo, los conductores de esta clase de vehículos deben cumplir con las normas de consumo de alcohol y otras drogas. No obstante, una novedad que entra en vigor con la nueva Ley es la tasa 0,0 en alcohol para menores de edad que se trasladen tanto en patinete como en bicicleta.
- Tampoco está permitido parar o estacionar en vías ciclistas o en el carril bici. De hecho, este incumplimiento se considerará una infracción grave.
- El casco continúa siendo obligatorio en cualquier tipo de patinete eléctrico, especialmente tras el aumento de vehículos de movilidad personal.
- La velocidad máxima permitida para esta clase de medios de transporte será de 25 km/h. Es más, de no cumplir con esta norma, el conductor podría sufrir una sanción de 500 € y la inmovilización del vehículo.
- Por último, y si bien aún no se han especificado sus características, será necesario un certificado de circulación que se aplicará 2 años después de que la medida sea publicada en el BOE.
La regulación de los patinetes eléctricos, bicicletas y motos por parte de la DGT trae consigo algunos cambios para los conductores de estos vehículos. Sin embargo, aplicar correctamente estas normas no solo te prevendrá de una multa innecesaria, sino que te permitirá continuar disfrutando de los largos paseos en moto y patinete eléctrico.
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